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Ha causado revuelo la presentación realizada por la Conferencia Episcopal de Chile a la Contraloría General de la República, en la que se hacen varias consideraciones jurídicas a la propuesta gubernamental que pretende modificar la regulación del derecho a la objeción de conciencia que actualmente pueden invocar los profesionales y recintos de salud, para negarse a participar en la práctica de un aborto.
Dejando de lado los tecnicismos jurídicos que contiene la presentación, lo que está en juego es la defensa del derecho a la vida y la dignidad de los profesionales que no quieren formar parte de los procesos médicos de eliminación de miembros de la familia humana, atendido que por tener una conciencia bien formada saben que ello siempre es ilícito.
Los que se empeñan en desconocer el derecho a la objeción de conciencia son los mismos que han conseguido avanzar en la implementación del aborto, al que consideran como parte del “derecho a la salud”. Los resultados, conforme a las estadísticas del Ministerio de Salud, revelan que desde la aplicación de la ley de aborto a marzo de 2024, ha permitido practicar 5.063 abortos por las causales de riesgo vital de la madre 1.523, inviabilidad del feto 2.377 y por violación 1.163.
Los partidarios del aborto no toleran que se pueda invocar la objeción de conciencia personal, ni institucional. Su intolerancia los lleva a querer negar esta elemental prerrogativa a los centros de salud de la Pontificia Universidad Católica de Chile, UC Christus Servicios Clínicos SpA., la Corporación Iglesia de los Adventistas del Séptimo Día y la Universidad de Los Andes, que han manifestado que por su ideario, allí no se practicarán abortos.
No está demás recordar que la Doctrina de la Iglesia ha insistido sobre este tema ininterrumpidamente durante dos milenios. Lo que hacen nuestros Obispos es mantener el testimonios más que milenario, que nos debe animar a actuar sin complejos en la defensa del derecho a la vida.
En los primeros años de la expansión del cristianismo, es obligatoria la referencia a Tertuliano, abogado nacido en Cartago, hacia el año 155. En su obra “El Apologético” nos señala: “no sólo nos está absolutamente prohibido el homicidio, sino que nos está prohibido también destruir al concebido, cuando todavía la sangre lo alimenta en el seno materno para formar un hombre. El impedir el nacimiento es un homicidio anticipado; y no hay diferencia entre quitar la vida ya nacida o destruir la vida en el nacimiento: también es hombre el que ya va a serlo, como todo el fruto está ya en la semilla”.
- “(…) todo ser humano, aunque sea el niño en el seno materno, recibe derecho a la vida inmediatamente de Dios, no de los padres, ni de clase alguna de la sociedad o autoridad humana. Por eso no hay ningún hombre, ninguna autoridad humana, ninguna ciencia, ninguna “indicación” médica, eugenésica, social, económica, moral, que pueda exhibir o dar un título jurídico válido para una disposición deliberada directa sobre una vida humana inocente; es decir, una disposición que mire a su destrucción, bien sea como fin, bien como medio para otro fin que acaso de por sí no sea en modo alguno ilícito (…)”. (Discurso de Pío XII a las matronas en 1951).
Pidamos luces al Espíritu Santo para tomar conciencia que debemos oponernos a toda forma de violencia, como es intentar presionar la conciencia de los profesionales de la salud para forzarlos a que participen en un aborto.
Autor: Crodegango